* Señala juez federal que alguien que paga por una plaza debe asumir los riesgos que ello implica, como perder su dinero, puesto que se trata de algo ilícito.
Por Óscar Verdín Camacho
Si una persona paga a otra una suma de dinero, para que mate a su enemigo, en el caso de que no se materialice la ejecución, ¿la primera tendría derecho de denunciar a la otra, por fraude?.
Si alguien paga para que se le entregue una cantidad de droga y la misma no llega a sus manos, igualmente, ¿tiene derecho a interponer denuncia ante las autoridades?.
La respuesta es no.
Lo anterior es puesto como ejemplo en el juicio de amparo número 767/2011, recientemente analizado por el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, en el que se estudió si debía continuar en prisión, vinculado a una acusación penal, un individuo que recibió dinero a cambio de la promesa de venta de una plaza –supuestamente- en la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN).
Como antecedente se conoce que contra Cesáreo Guevara Ponce fue dictado auto de formal prisión por el delito de fraude genérico, según el expediente 260/2010, lo que motivó el citado juicio de garantías.
NO HUBO ENGAÑO
A lo largo del estudio, el juzgado federal insistió que en el caso de referencia no hubo engaño, razón principal para que se cometa el delito de fraude, sino que la parte denunciante supo en todo momento que los 69 mil pesos que le pagó a Cesáreo Guevara eran para la compra de una plaza de intendencia en la UAN, por lo que también formó parte de conductas ilícitas, de corrupción.
Así lo dice:
La pasivo desde antes de que entregara aquel numerario sabía que la promesa formulada por el activo (consistente en ‘conseguirle’ una plaza de base de intendencia para que su hermano ingresara a trabajar en la Universidad Autónoma de Nayarit), por la forma y medios pactados implicaba una actividad probable y antijurídica en sí misma y, pese a ello, aceptó el resultado, es decir, entregó la cantidad de sesenta y nueve mil pesos, no obstante que era sabedora de que esa circunstancia (la antijuricidad del negocio) traía aparejado, desde el principio, el riesgo de que no se cumpliera, más aún, la certeza de que –conforme a derecho- no se debía cumplir.
Añade el estudio:
Asimismo, al envolver una actividad ilícita el negocio pactado, ninguna protección puede brindar el derecho penal a quien primero entrega dinero con la deliberada intención de generar un acto de corrupción y, después, ante el incumplimiento de lo pactado, acude a las instancias penales con el objeto de que se le resarza la disminución patrimonial que sufrió, porque de ser así la norma penal ya no respondería a su objeto esencial: reprimir las conductas ilícitas, sino que –por el contrario- serviría para avalar otra de esa misma naturaleza: ilícita.
En la sentencia, el juez federal Ricardo Garduño Pasten recordó que las plazas gubernamentales no pueden enajenarse por ser contrario a la ley, por consiguiente, si se decide emplear otros caminos: como acudir ante un sujeto desconocido y entregar dinero, sabedor de que el trámite no lo requiere, conoce y acepta las consecuencias de la irregularidad
Resumió entonces que la parte afectada asumió el riesgo de que no se cumpliera la promesa formulada por el activo, dado que lo esperado por la sociedad es que no se materialicen actividades ilícitas, agregando que no fue llevado a un engaño, estaba en un negocio ilícito y aceptó correr los riesgos que implicaba.
Por todo lo anterior, se decidió conceder el amparo y protección de la justicia federal a Cesáreo Guevara Ponce, el cual recuperó la libertad recientemente.
El citado fallo podría beneficiar a sujetos que, precisamente ofreciendo la venta de plazas para maestros o de intendencia, reciben jugosas sumas de dinero por gente que, como se afirma en el amparo, de antemano sabe que se trata de una acción ilícita y pone en riesgo su efectivo.
Por ello, como fue indicado al principio de esta nota, el juez preguntó si alguien que paga porque se prive de la vida a otro, puede denunciar penalmente al sujeto contratado para la ejecución si no la lleva a cabo.
La respuesta es que no.