Por Zeferino Ramos Nuño.

*Si a los dirigentes del PAN no les gusta cómo se repartieron las pluris, pues que reformen la Ley en el artículo 67, así de fácil

Y LO QUE ES LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY.- En casi todos los medios de comunicación local, ya sea prensa escrita, radio o televisión, nos hemos encontrado con la noticia de que la dirigencia estatal del PAN pone en entredicho el cumplimiento, por parte del Consejo Estatal Electoral, de los principios rectores de autonomía, certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, al señalar: En distribución de plurinominales, violan consejeros la ley electoral.

En sus señalamientos piden que se respete la ley, que lamentan que el Instituto Estatal Electoral haya violentado la Ley, al aceptar la disolución de las alianzas que participaron en el proceso local electoral, que culminó el 3 de Julio, con toda la intención de favorecer al PRI, ya que con ello se despacharon con la cuchara grande. Y continuaron diciendo, que si el Instituto Estatal Electoral actuó por consigna, nadie puede estar por encima de los nayaritas ni de sus derechos, por lo que el PAN interpondrá un recurso ante la instancia competente y, también dijeron, estar convencidos de que la instancia superior al IEE les dará la razón en tiempo y forma, ya que por Ley tienen cuatro días para inconformarse por los resultados del cómputo que se realizó este lunes.

Yo, por mi parte, lamento que quienes declararon en contra de los consejeros o del Instituto Estatal electoral, no tengan pleno conocimiento de la Ley Electoral en vigor, o quizá simplemente, le den una interpretación errónea o torcida, para ‘ver si pega’.

Es cierto, y digno de reconocimiento, que los diputados de Acción Nacional votaron en contra de la Ley, cuyo Decreto se dio el cuatro de agosto del año dos mil diez, y que fue publicado en el Periódico Oficial, el miércoles 18 de agosto de ese año. Pero creo que esos diputados deben aconsejar a los miembros del Comité Estatal pues, aunque quien lo preside fue diputado, no conocen la ley en mención, por su promulgación reciente, y quizá, por su deseo de obtener más y mejores resultados.

Una cosa es la mención de los requisitos para que los partidos puedan formar una coalición, y otra muy distinta, lo que se debe cumplir, según la propia ley, para la asignación de las curules de representación proporcional.

Los artículos 21 y 22 de la Ley Electoral, se refieren en concreto a la representación proporcional para la integración del Congreso y de las fórmulas de asignación, como son: Participar, al menos, en dos tercios de los distritos electorales uninominales; acreditar haber cumplido con lo establecido en los artículos 64, segundo párrafo, y 69; haber registrado en la lista a doce candidatos; haber alcanzado el partido, el 1.5% de la votación total; etcétera. Y sí cumplieron con lo anterior.

La clave del reparto que impugnan mis compañeros de partido, está en lo señalado en el Artículo 67 de la Ley Electoral para el Estado de Nayarit, el que, a la letra, dice: Artículo 67.- Los votos que obtengan los candidatos de una coalición, serán de los partidos políticos que participaron unidos, en la proporción y forma pactadas en el convenio de coalición.

Si esta forma de repartir las curules de representación proporcional no le gusta a los dirigentes de mi partido, o creen que es inequitativa, lo que deben hacer es proponer una reforma a la Ley Electoral, para que no se haga el reparto en la misma forma que a la fecha está señalado.

LO QUE SON LAS COSAS Luego, entonces, los consejeros sí tomaron en cuenta el artículo 67 mencionado, para el reparto de las diputaciones, claro, junto con todas las demás disposiciones que contempla la normativa electoral. Y no se trata de favoritismos particulares, ni de seguimiento de consignas, simplemente se cumplió la ley. Los consejeros no disolvieron la alianza antes de tiempo, sino que, de conformidad al convenio de los partidos coaligados, separaron los votos para cada partido, y así hicieron las cuentas para la asignación, dando a cada partido lo que le correspondía. Como decía un viejo amigo abogado: Lex dura, sed lex.