Por Eduardo García Bañuelos

Se ha hablado bastante sobre el tema de que la Procuraduría General de Justicia no tiene facultades para cobrar multas a todos y a cada uno de los que son detenidos y sobre todo muy elevadas, pero cabe señalar que existen facultades del Ministerio Publico en el Código del Procesal Penal en donde puede fijar garantías para su libertad, así está establecido, pero si no son delitos graves o si existen unas características sobre el acusado entonces el Ministerio Publico puede otorgar la libertad a partir de una caución, de esta manera lo dio a conocer el diputado independiente de la Cámara de Diputados José Antonio Serrano Guzmán.

Añadió diciendo el también Presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la XXX Legislatura, que la situación es que existen tipos penales o delitos abiertos en donde se presta para el abuso de la autoridad, por ejemplo este tipo de delitos de abuso de autoridad y que los califican como desobediencia y resistencia en el caso de particulares, pareciera ser la sedición de los años del 75cuando era el Presidente de la República Luis Echeverría Álvarez, en donde tipificaron de manera brutal la sedición ya que todo lo que estaba reunido era sedición, veían a un grupo reunido en la esquina y ya estaban cometiendo un delito federal.

Anteriormente dijo- ante el Fuero Común era la cuestión del cohecho, o sea decían es que me quiso comprar, me ofreció tanto u otro beneficio para no detenerlo y por eso se les metía a la cárcel, y hoy la moda es el abuso de autoridad, entonces la resistencia de particulares que es lo que todas las corporaciones policíacas están utilizando, y creo que es una situación que se debe de derogar para que no haya ese tipo de calificativos, porque es muy sencillo y haciendo un ejercicio lógico, ¿los detenidos ante quienes se resisten, ante la autoridad que andan encapuchados, cubiertos del rostro, cuando hay antecedentes que el crimen organizado se camoflea igual que ellos, donde hay antecedentes que el crimen organizado pinta los carros igual que ellos, que el ejército y que la policía?.

Entonces como saben si están hablando ante o se está resistiendo ante una autoridad, si ni siquiera les conocen el rostro, y son situaciones que por lógica se deduce que no hay resistencia de particulares, pero lo más grave que cuando los consignan el juez en todos los casos o en la mayoría que se conocen, les da auto de libertad por falta de elementos para procesarlos porque no hay delito, pero no sin antes de pagar una fuerte multa, culmino.