Por Óscar Verdín Camacho
El Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal negó la protección de la justicia federal a Jorge Antonio Gómez Hernández, contra quien pesa la acusación por homicidio calificado cometido en agravio de los estudiantes Aurora Guadalupe Segura Verdín y Jesús Leopoldo Torres Hernández, hechos registrados la madrugada del 19 de marzo.
Gómez Hernández interpuso el número de amparo 489/2012 para combatir el auto de formal prisión que le dictó el Juzgado Cuarto Penal de Tepic dentro del expediente 157/2012.
Frente a la negativa de amparo, Jorge Antonio ya presentó un recurso de revisión que recayó en el Primer Tribunal Colegiado con el número 225/2012.
El juez de Distrito Ricardo Garduño Pasten respaldó el auto de formal prisión dictado y dio por buenas las pruebas aportadas en este asunto, principalmente las declaraciones ministeriales del propio Gómez Hernández y de los otros dos coacusados: Emanuel Tello Santoyo y Édgar Leonardo Medina Cisneros.
Por el contrario, el juez federal no le dio valor alguno al apunte del quejoso de que fue obligado a declarar ante la autoridad ministerial por medio de torturas.
Y es que, apuntó el juez, no quedó plenamente demostrado que haya sido coaccionado física o moralmente para conducirse en los términos en que lo hizo; de ahí que, hasta el momento su sola manifestación resulte insuficiente para restarle valor probatorio a esta, sobre todo, si se tiene en cuenta que en esa misma diligencia el representante social dio fe de que el declarante no presentaba lesiones físicas visibles, aunado a que en la misma fue rendida estando en presencia de su defensor
Otro aspecto desestimado por el juez de Distrito es el hecho de que el arma con que fueron ultimados los estudiantes, así como el automóvil utilizado por los presuntos homicidas hayan sido localizados, ya que, para él, se aprecia que las probanzas que fueron tomadas en consideración para emitir la determinación reclamada resultan suficientes para tener por acreditado el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del quejoso en su comisión.
La resolución de negativa de amparo se basó básicamente en las declaraciones rendidas ante un agente del Ministerio Público por parte de los tres detenidos –que después señalaron que fue arrancada a base de torturas-, en las que es narrado que Édgar Leonardo Medina disparó contra los estudiantes con una pistola calibre 22, después de que Jesús Leopoldo Torres forcejeó con Emanuel Tello, en un callejón del INFONAVIT Los Fresnos.
Tello presumiblemente intentó asaltar a la pareja, que regresaban de la feria hacia el domicilio de Aurora Guadalupe, ubicado en la colonia Los Sauces.
Según el juez federal, aunque Jorge Antonio Gómez, alias El Coquín, no tuvo participación directa en el altercado, el haber sabido que se cometería el asalto y que estaban provistos de una pistola, lo involucra también en los homicidios ocurridos.