Una resolución sin precedentes tomaron este martes los magistrados de la Sala Constitucional-Electoral del Poder Judicial de Nayarit, en virtud de sendas apelaciones interpuestas por los representantes de dos empresas de publicidad en contra de actos dictados por el presidente del Instituto Estatal Electoral y del Consejo Local Electoral, consistentes en la convocatoria a los medios de comunicación masiva del 13 de diciembre de 2010 y acuerdos de fecha 25 de enero de 2011.

Al respecto, en sesión pública ordinaria, los integrantes de la Sala Constitucional-Electoral declararon fundado el agravio relativo a la ilegalidad de la base Primera, fracción I, de la mencionada convocatoria a los medios de comunicación masiva para participar como proveedores de los partidos políticos, precandidatos y candidatos para difundir sus mensajes orientados a la obtención del voto durante las precampañas y campañas electorales de 2011, pues —indica el proyecto de resolución— tal convocatoria estableció el 7 de enero del presente año como fecha límite para que los interesados presentaran la documentación necesaria para ser incluidos en el padrón de proveedores, con lo cual únicamente transcurrieron 26 días naturales en lugar de los treinta días que la norma establece como plazo para poner a disposición de los partidos políticos o coaliciones los espacios y tarifas de los medios de comunicación.

En tal virtud, los magistrados declararon la inaplicación para el caso concreto —es decir únicamente respecto de las empresas apelantes—de la base Primera, fracción I, de la convocatoria del 13 de diciembre de 2010 que estableció como fecha límite el 7 de enero del presente año a fin de presentar la documentación necesaria para ser incluidas en el padrón de proveedores.

Como consecuencia, se revocaron los acuerdos dictados por el presidente del Consejo Local Electoral el 25 de enero de 2011, mediante los cuales contestó a las empresas apelantes Advertik, S. de R.L. de C.V y AP Grafintel, S.A. de C.V. que se encontraban fuera de plazo sus respectivas solicitudes de inscripción en el padrón de proveedores del Instituto Electoral en los rubros de espectaculares, publicidad móvil y perifoneo.

De igual forma, los magistrados de la Sala Constitucional-Electoral ordenaron a la autoridad responsable que, de no existir inconveniente legal alguno, de inmediato reciba la documentación relativa a los espacios y tarifas de las empresas apelantes y las registre en el mencionado padrón de proveedores.

Cabe señalar que en la sesión de esta fecha, los magistrados de dicha sala, que preside el doctor Pedro Antonio Enríquez Soto, antes de entrar al fondo del asunto analizaron y discutieron sobre la legitimación de las empresas apelantes, para concluir que se cumplía con tal requisito de procedibilidad. Asimismo, establecieron que conforme a la Constitución Política del estado y la Ley de Justicia Electoral del Estado, la Sala Constitucional-Electoral es un órgano competente para garantizar que todos los actos y resoluciones emitidos por autoridades electorales se sujeten invariablemente a los principios de constitucionalidad y legalidad.

En otro punto del orden día, la mencionada sala del Poder Judicial de Nayarit se declaró incompetente para conocer y resolver el juicio de amparo indirecto, en vía de jurisdicción concurrente, interpuesto por el abogado Alfredo Bracamontes Arias, en su carácter de defensor particular de un procesado por el Juzgado Segundo Penal de Tepic. Cabe señalar que el juicio contra un auto de formal prisión se interpuso de manera inicial ante la Primera Sala Unitaria del Tribunal Superior de Justicia, la cual se declaró legalmente incompetente para conocer de la demanda de garantías y declinó la competencia a la Sala Constitucional-Electoral.

El acuerdo de incompetencia de dicho cuerpo colegiado, tomada en su sesión de este martes, prevé la remisión de los respectivos documentos al pleno del Tribunal Superior de Justicia para que se pronuncie sobre el mencionado juicio de amparo indirecto.

Junto con el doctor Enríquez Soto, los magistrados Ismael González Parra, Raúl Gutiérrez Agüero, José Miguel Madero Estrada y Rafael Pérez Cárdenas participaron en la referida sesión pública ordinaria de la Sala Constitucional-Electoral, celebrada en el auditorio Rey Nayar del Palacio de Justicia y transmitida en vivo por internet.