*Manifiesta presidente del TSJ y de la Sala Constitucional-Electoral
*Los cinco magistrados de la Sala realizaron su sexta sesión pública ordinaria
El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia y la respectiva Sala Constitucional-Electoral, doctor Pedro Antonio Enríquez Soto, manifestó este jueves que en el actual proceso electoral tanto las autoridades correspondientes como los partidos políticos han sido respetuosos de las normas.
Previo al inicio de la sexta sesión pública ordinaria de la mencionada sala, que integran cinco magistrados, Enríquez Soto precisó que hasta el momento dicho cuerpo colegiado perteneciente al Poder Judicial de Nayarit no ha conocido de medios de impugnación relacionados de manera directa con el proceso electoral.
El magistrado Pedro Antonio Enríquez Soto presidió la mencionada sesión pública, que tuvo lugar en la segunda planta del Palacio de Justicia y en la cual se resolvieron en forma unánime tres asuntos: un juicio de protección de derechos político-electorales del ciudadano nayarita, un juicio de garantías por jurisdicción concurrente y el recurso de apelación respecto de un acuerdo del Consejo Local Electoral del Estado de Nayarit.
En el primer caso, conforme al proyecto de la ponencia del magistrado José Miguel Madero Estrada, el pleno de la Sala Constitucional-Electoral resolvió ordenar al Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Nayarit, para que en un término de cinco días, entregue al ciudadano Óscar Javier Pereyda Díaz copias certificadas de la información pública de las actas de las sesiones celebradas por dicho comité de julio a diciembre de 2010, y en caso de existir información reservada, se proceda a realizar el acuerdo de clasificación correspondiente.
De esta manera, si bien se obliga al CDE del PAN a satisfacer el derecho a la información del ciudadano al proporcionar copias de las actas, puede entregarlas tachando los datos reservados conforme a las normas aplicables.
En su oportunidad, Madero Estrada externó su reconocimiento a la dirigencia panista por colocarse a la altura de las exigencias en materia de transparencia de la información pública y reiteró que a la representación partidaria le asiste el derecho de reservar datos relacionados con sus procesos deliberativos y estrategias políticas.
En otro punto de la orden del día de la sesión que fue transmitida en vivo por internet a través de la página www.tsjnay.gob.mx, la ponencia del magistrado Rafael Pérez Cárdenas presentó el proyecto de resolución sobre un juicio de amparo en jurisdicción concurrente, promovido por una ciudadana de nuestra entidad contra los jueces de primera instancia del ramo penal de Tepic en relación con presuntas violaciones al tercer párrafo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El mencionado párrafo constitucional establece que no podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión.
Sin embargo, a requerimiento de la Sala Constitucional-Electoral las autoridades señaladas como responsables, al momento de rendir su informe justificado negaron la existencia del acto reclamado, cuestión que tampoco fue desvirtuada por la promovente, pese a residir en ella la carga probatoria del acto reclamado. En consecuencia, los magistrados determinaron sobreseer (concluir) el mencionado juicio de garantías.
En el último punto del orden del día, los magistrados resolvieron desechar de plano el recurso de apelación presentado por J. Isabel Campos Ochoa y Guadalupe Acosta Naranjo, representante propietario y precandidato a gobernador, respectivamente, de la Coalición Nayarit Paz y Trabajo, acerca de un acuerdo que el Consejo Local Electoral del Estado de Nayarit emitió el 31 de marzo a fin de que la respectiva propaganda se ajustara a criterios establecidos por dicho órgano electoral.
Cabe señalar que desde el 8 de abril los apelantes presentaron un escrito de desistimiento, el cual, conforme a jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por requerimiento de la Sala Constitucional-Electoral, ratificaron el 11 de abril. Por tal motivo la ponencia del magistrado Ismael González Parra propuso que se desechara de plano el recurso, lo cual resolvió de manera unánime la Sala este jueves.
La Sala Constitucional-Electoral está integrada por los magistrados Pedro Antonio Enríquez Soto (presidente), Ismael González Parra, Raúl Gutiérrez Agüero, José Miguel Madero Estrada y Rafael Pérez Cárdenas.